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TRAMITACIÓN DE PERMISOS ADMINISTRATIVOS

Los trabajadores con derecho a permiso administrativo, podrán solicitarlo de acuerdo al siguiente procedimiento:

1- Completar la solicitud, firmarla y presentarla a su jefatura directa con tres días hábiles de anticipación a la fecha del requerido permiso.

2- El (La) Jefe del (la) funcionario(a) autoriza el permiso en la fecha solicitada o dentro de dos días, a contar de esa fecha.

3- En el caso de Administración Central, la misma jefatura debe hacer llegar el permiso autorizado al Departamento de Personal, previa firma. En el caso de los Colegios, Jardines Infantiles y Centros de Salud, cada dirección llevará el control de los permisos y los archivará en las respectivas carpetas funcionarias.

4- El permiso no puede ser antes ni después de un feriado, en el caso de los permisos regulados en los convenios colectivos.


TRAMITACIÓN DE CERTIFICADOS DE ANTIGÜEDAD Y/O RENTA

Los trabajadores podrán solicitar la confección de certificados, conforme al procedimiento que se indica:

1- Completar el formato-solicitud, indicando la siguiente información:

A- Identificación del solicitante (nombre, cédula de identidad, teléfono fijo y teléfono móvil, cargo, centro de costo, fecha de ingreso y término, si procede)
B- Especificar si se solicita certificado de antigüedad o de renta.
C- Indicar donde será presentado el documento. (obligatorio)

2- Presentar la solicitud en la Oficina de Partes de la Corporación.

3- El certificado será emitido a más tardar dentro de 2 días hábiles.


TRAMITACIÓN DE FERIADO LEGAL

Para hacer uso de feriado legal, el (la) funcionario(a) deberá:

1- Completar la solicitud por escrito y entregarla a su jefatura directa, señalando el período en el que desea hacer uso del feriado.

2- En el caso de la Administración Central, Colegios y Jardines, la jefatura respectiva, previa autorización, la remitirá la solicitud autorizada al Departamento de Personal, para su tramitación, acción de la cual debe poner en conocimiento al (la) funcionario(a) para que acuda a dicho Departamento a firmar su comprobante de feriado legal. En el caso de los Centros de Salud, en dichos establecimientos se procederá a la firma y las respectivas Direcciones, enviarán copia del comprobante al Departamento de Personal, para su archivo en las carpetas funcionarias.

3- Recepcionada la solicitud, el Departamento de Personal confeccionará el comprobante de feriado legal en dos ejemplares, quedando uno en poder del (la) funcionario(a) y el otro el Departamento.

4- El (la) trabajador(a) podrá solicitar la acumulación de su feriado legal para el año siguiente, previa visación de la jefatura directa. En este caso, aceptada la solicitud, se suscribirá el acuerdo respectivo, que quedará archivado en la carpeta funcionaria, entregándose una copia al interesado.


TRAMITACIÓN DE LICENCIAS MÉDICAS - PRESENTACIÓN Y PLAZOS

1- Se entiende por licencia médica el derecho que tiene el trabajador de ausentarse o reducir su jornada de trabajo, durante un determinado lapso de tiempo, en cumplimiento de una indicación profesional certificada por un médico-cirujano, cirujano-dentista o matrona, con el objeto de recuperar la salud y facultándolos para obtener un subsidio por incapacidad laboral, cuando corresponda.

2- Los formularios de las licencias médicas, deben ser entregados por los funcionarios en las respectivos establecimientos, dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de inicio del reposo. Las respectivas Direcciones las enviaran a trámite, a través de la Oficina de Partes de la Corporación

3- Posteriormente, la licencia médica será presentada ante la Institución de Salud, que este afiliado el funcionario, siendo estas Fonasa o Isapre. Las que a su vez, enviaran a la Comisión Médica, Preventiva para que determine si procede ser Autorizadas, Rechazadas y/o reducida, el reposo recomendado por el médico tratante.

4- Una vez, emitida la resolución de la Comisión Médica, Preventiva (Compin), si la licencia médica es rechazada y/o reducida, el funcionario dispondrá de 15 días hábiles, desde la notificación, para realizar la apelación correspondiente ante la Compin. Realizado este trámite, deberá presentar ante la Corporación Municipal, el comprobante de apelación, extendido por la Compin, que avala la realización del trámite de apelación.


TRAMITACIÓN ASIGNACIONES FAMILIARES

1- Solicitud de Asignación Familiar y Maternal.

Será de uso exclusivo y obligatorio para solicitar reconocimiento y/o renovación de causantes de asignación familiar, el cual debe ser llenado, firmado y timbrado por el respectivo empleador (en este caso COMUDEF) y llevar la firma del beneficiario, acompañando a ellos los antecedentes que justifiquen la procedencia de su derecho.

La documentación de respaldo que se debe presentar según el tipo de causante:
- Certificado de Nacimiento (uso exclusivo asignación familiar) - Si el causante es mayor de 18 años, se debe presentar el certificado de alumno regular de alguna institución de educación superior que esté reconocida por el Ministerio de Educación. Dicho certificado se debe presentar 1 vez al año si el régimen de estudios es anual o 2 veces al año, si el régimen de estudios es semestral. Además, es obligatorio firmar la declaración jurada por aquellos causantes de 18 años o más (cónyuge, hijos mayores de 18 años, ascendientes).Tratándose de causantes mayores de 18 años de edad a los que se les exige ser solteros, deberán acreditar tal circunstancia en la misma declaración jurada.

- Certificado de extinción de cargas, siempre que las cargas estuvieron inscritas en anteriormente como carga con otro empleador.

- Para Asignación Maternal, se debe presentar el certificado de embarazo del 5º mes, el cual, debe ser visado por la COMPIN, si el medicó que extendió el certificado es particular.


2- Solicitud de Extinción Asignación Familiar.

Debe ser utilizada para el causante que deja de cumplir con los requisitos establecidos, o que pasará a ser carga de de otra persona. Para ello, es obligatorio indicar en el recuadro "Código causa de extinción" el número de código correspondiente, los cuales se encuentran detallados al reverso del formulario.

3- Declaración Jurada de ingresos de nuevos beneficiario para determinar el valor de la Asignación Familiar.

Tratándose de nuevos beneficiarios de asignación familiar o cuando el beneficiario no tenga tramo de asignación familiar asignado en la Caja de Compensación, al momento de solicitar el primer reconocimiento de los causantes, deberá adjuntar a la solicitud de Asignación Familiar y Maternal, la declaración jurada indicada. En caso de solicitudes de reconocimiento de causantes con efecto retroactivo, se deberá presentar las declaraciones juradas con los ingresos promedios del primer semestre 2009 y del primer semestre de años anteriores, según sea la fecha del inicio del beneficio solicitado.

La presentación de la declaración jurada mencionada es obligatoria. Si no se adjunta a la solicitud de Asignación Familiar y Maternal, la Caja de Compensación no podrá reconocer a los causantes y devolverá los antecedentes para que sean completados.

En necesario destacar, que la Caja de Compensación trabaja con tiempos diferidos, por lo tanto, los pagos de asignación y montos retroactivos se verán reflejados en la liquidación de sueldo del mes siguiente al de la invocación del beneficio, siempre que este corresponda.

 


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