| TRAMITACIÓN
DE PERMISOS ADMINISTRATIVOS Los
trabajadores con derecho a permiso administrativo,
podrán solicitarlo de acuerdo al siguiente
procedimiento:
1-
Completar la solicitud,
firmarla y presentarla a su jefatura directa
con tres días
hábiles de anticipación a la fecha
del requerido permiso.
2-
El (La) Jefe del (la) funcionario(a) autoriza
el permiso en la fecha solicitada o dentro de
dos días, a contar de esa fecha.
3-
En
el caso de Administración Central, la
misma jefatura debe hacer llegar el permiso
autorizado al Departamento de Personal, previa
firma. En el caso de los Colegios, Jardines
Infantiles y Centros de Salud, cada dirección
llevará el control de los permisos y
los archivará en las respectivas carpetas
funcionarias.
4-
El permiso no puede ser
antes ni después de un feriado, en el
caso de los permisos regulados en los convenios
colectivos.
TRAMITACIÓN
DE CERTIFICADOS DE ANTIGÜEDAD Y/O RENTA
Los
trabajadores podrán solicitar la confección
de certificados, conforme al procedimiento que
se indica:
1-
Completar el formato-solicitud, indicando la
siguiente información:
A-
Identificación
del solicitante (nombre, cédula de
identidad, teléfono fijo y teléfono
móvil, cargo, centro de costo, fecha
de ingreso y término, si procede)
B-
Especificar si se solicita
certificado de antigüedad o de renta.
C-
Indicar donde será
presentado el documento. (obligatorio)
2-
Presentar la solicitud en la Oficina de Partes
de la Corporación.
3-
El certificado
será emitido a más tardar dentro
de 2 días hábiles.
TRAMITACIÓN
DE FERIADO LEGAL
Para
hacer uso de feriado legal, el (la) funcionario(a)
deberá:
1-
Completar la solicitud
por escrito y entregarla a su jefatura directa,
señalando el período en el que
desea hacer uso del feriado.
2-
En el caso de la Administración
Central, Colegios y Jardines, la jefatura respectiva,
previa autorización, la remitirá
la solicitud autorizada al Departamento de Personal,
para su tramitación, acción de
la cual debe poner en conocimiento al (la) funcionario(a)
para que acuda a dicho Departamento a firmar
su comprobante de feriado legal. En el caso
de los Centros de Salud, en dichos establecimientos
se procederá a la firma y las respectivas
Direcciones, enviarán copia del comprobante
al Departamento de Personal, para su archivo
en las carpetas funcionarias.
3-
Recepcionada
la solicitud, el Departamento de Personal confeccionará
el comprobante de feriado legal en dos ejemplares,
quedando uno en poder del (la) funcionario(a)
y el otro el Departamento.
4-
El (la)
trabajador(a) podrá solicitar la acumulación
de su feriado legal para el año siguiente,
previa visación de la jefatura directa.
En este caso, aceptada la solicitud, se suscribirá
el acuerdo respectivo, que quedará archivado
en la carpeta funcionaria, entregándose
una copia al interesado.
TRAMITACIÓN
DE LICENCIAS MÉDICAS - PRESENTACIÓN
Y PLAZOS
1-
Se entiende por licencia
médica el derecho que tiene el trabajador
de ausentarse o reducir su jornada de trabajo,
durante un determinado lapso de tiempo, en cumplimiento
de una indicación profesional certificada
por un médico-cirujano, cirujano-dentista
o matrona, con el objeto de recuperar la salud
y facultándolos para obtener un subsidio
por incapacidad laboral, cuando corresponda.
2-
Los
formularios de las licencias médicas,
deben ser entregados por los funcionarios en
las respectivos establecimientos, dentro de
los dos días hábiles siguientes
a la fecha de inicio del reposo. Las respectivas
Direcciones las enviaran a trámite, a
través de la Oficina de Partes de la
Corporación
3-
Posteriormente, la licencia
médica será presentada ante la
Institución de Salud, que este afiliado
el funcionario, siendo estas Fonasa o Isapre.
Las que a su vez, enviaran a la Comisión
Médica, Preventiva para que determine
si procede ser Autorizadas, Rechazadas y/o reducida,
el reposo recomendado por el médico tratante.
4-
Una
vez, emitida la resolución de la Comisión
Médica, Preventiva (Compin), si la licencia
médica es rechazada y/o reducida, el
funcionario dispondrá de 15 días
hábiles, desde la notificación,
para realizar la apelación correspondiente
ante la Compin. Realizado este trámite,
deberá presentar ante la Corporación
Municipal, el comprobante de apelación,
extendido por la Compin, que avala la realización
del trámite de apelación.
TRAMITACIÓN
ASIGNACIONES FAMILIARES
1-
Solicitud
de Asignación Familiar y Maternal.
Será
de uso exclusivo y obligatorio para solicitar
reconocimiento y/o renovación de causantes
de asignación familiar, el cual debe
ser llenado, firmado y timbrado por el respectivo
empleador
(en este caso COMUDEF) y llevar la firma del
beneficiario, acompañando a ellos los
antecedentes que justifiquen la procedencia
de su derecho.
La
documentación de respaldo que se debe presentar
según el tipo de causante:
-
Certificado de Nacimiento (uso exclusivo asignación
familiar) - Si el causante es mayor de 18
años, se debe presentar el certificado
de alumno regular de alguna institución
de educación superior que esté
reconocida por el Ministerio de Educación.
Dicho certificado se debe presentar 1 vez
al año si el régimen de estudios
es anual o 2 veces al año, si el régimen
de estudios es semestral. Además, es
obligatorio firmar la declaración jurada
por aquellos causantes de 18 años o
más (cónyuge, hijos mayores
de 18 años, ascendientes).Tratándose
de causantes mayores de 18 años de
edad a los que se les exige ser solteros,
deberán acreditar tal circunstancia
en la misma declaración jurada.
-
Certificado de extinción de cargas,
siempre que las cargas estuvieron inscritas
en anteriormente como carga con otro empleador.
-
Para Asignación Maternal, se debe presentar
el certificado de embarazo del 5º mes,
el cual, debe ser visado por la COMPIN,
si el medicó que extendió el
certificado es particular.
2- Solicitud
de Extinción Asignación Familiar.
Debe
ser utilizada para el causante que deja de cumplir
con los requisitos establecidos, o que pasará
a ser carga de de otra persona. Para ello, es
obligatorio indicar en el recuadro "Código
causa de extinción"
el número de código correspondiente,
los cuales se encuentran detallados al reverso
del formulario.
3-
Declaración Jurada
de ingresos de nuevos beneficiario para determinar
el valor de la Asignación Familiar.
Tratándose
de nuevos beneficiarios de asignación
familiar o cuando el beneficiario no tenga tramo
de asignación familiar asignado en la
Caja de Compensación, al momento de solicitar
el primer reconocimiento de los causantes, deberá
adjuntar a la solicitud de Asignación
Familiar y Maternal, la declaración jurada
indicada. En caso de solicitudes de reconocimiento
de causantes con efecto retroactivo, se deberá
presentar las declaraciones juradas con los
ingresos promedios del primer semestre 2009
y del primer semestre de años anteriores,
según sea la fecha del inicio del beneficio
solicitado.
La
presentación de la declaración
jurada mencionada es obligatoria.
Si no se adjunta a la solicitud de Asignación
Familiar y Maternal, la Caja de Compensación
no podrá reconocer a los causantes y
devolverá los antecedentes para que sean
completados.
En
necesario destacar, que la Caja de Compensación
trabaja con tiempos diferidos, por lo tanto,
los pagos de asignación y montos retroactivos
se verán reflejados en la liquidación
de sueldo del mes siguiente al de la invocación
del beneficio, siempre que este corresponda.
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